Bolivia: gobernaciones de Santa Cruz, Cochabamba y Chuquisaca emiten los Autos de Buen Gobierno para el Censo

Empadronadores del Censo de Población en Bolivia Empadronadores del Censo de Población en Bolivia

BOLIVIA, Santa Cruz, 13 de Marzo de 2024 (GPA). Las gobernaciones de Santa Cruz, Cochabamba y Chuquisaca emiten los Autos de Buen Gobierno que estará vigentes entre el 22 al 25 de marzo de 2024, debido a las restricciones que se requieren para el desarrollo del Censo Población, el 23 de marzo.

Según el comunicado oficial de la Gobernación cruceña, el artículo 2 del decreto establece la suspensión de todas las actividades públicas y privadas, así como la prohibición del expendio y consumo de bebidas alcohólicas en toda la jurisdicción del departamento durante el día 23 de marzo de 2024, desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.

Entre otras prohibiciones, se ha dispuesto la suspensión de actividades educativas, deportivas y otras, en todas las unidades educativas y centros educativos, tanto públicos como privados, desde el viernes 22 hasta el domingo 24 de marzo en áreas urbanas, y desde el viernes 22 hasta el lunes 25 de marzo en áreas rurales.

Por su parte, el gobernador de Cochabamba, Humberto Sánchez, emitió el Decreto Departamental 5861 con el objetivo de resguardar y garantizar la realización del Censo de Población y Vivienda 2024. Según los Autos de Buen Gobierno quedan prohibidos portar armas de fuego, instrumentos contundentes o peligrosos.

Desde las 00:00 horas hasta las 23:59 del sábado 23 de marzo se prohíbe el tránsito de personas, debiendo obligatoriamente permanecer en sus domicilios antes y después de ser censadas. De la misma manera, queda prohibido el tránsito de vehículos públicos y privados, debiendo suspenderse los servicios de transporte internacional, interdepartamental e interprovincial, terrestre, fluvial, ferrocarriles y otros medios de transporte.

Según el artículo 5 del Decreto Departamental de Auto de Buen Gobierno en Chuquisaca establece que todas las restricciones y prohibiciones “son de cumplimiento obligatorio para todos los estantes y habitantes de la jurisdicción del Departamento” y señala sanciones de acuerdo con el Código Penal, el Código de Tránsito y la Ley Nº259 de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.

La sanción por incumplimiento del Auto de Buen Gobierno se aplicará con el artículo 60 del Código Penal, que dispone una multa de 30 a 100 días. Esta norma señala en otra parte que esta multa “consiste en el pago a la Caja de Reparaciones, de una cantidad de dinero que será fijada por el juez en días-multa, en función a la capacidad económica del condenado, sus ingresos diarios, su aptitud para el trabajo y sus cargas familiares, considerados al momento de dictarse la sentencia”.

Artículo 160 del Código Penal, establece que “El que desobedeciere una orden emanada de un funcionario público o autoridad, dada en el ejercicio legítimo de sus funciones, incurrirá en multa de treinta (30) a cien (100) días”.

En tanto, los conductores que incumplan la restricción de tránsito vehicular serán sancionados mediante el Código Nacional de Tránsito con arresto, inhabilitación de la licencia o multa, entre otras sanciones para los infractores del Auto de Buen Gobierno departamental.

Quedan encargados del Auto de Buen Gobierno todas las instituciones públicas, privadas, la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y la ciudadanía en general, de acuerdo a normativa legal vigente.

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